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Nuevos plazos para pasar la ITV por el estado de alarma

El Gobierno ha ampliado la prórroga de la validez del certificado de la ITV de los vehículos cuya fecha de próxima inspección tuviese lugar durante el estado de alarma.

Cinco millones de vehículos tenían que pasar la revisión de la ITV durante el estado de alarma pero no han podido hacerlo. Para evitar una afluencia masiva de vehículos en las estaciones y el colapso del servicio una vez reabiertas las estaciones, el Gobierno ha decidido ampliar de modo escalonado la prórroga de la validez del certificado de inspección técnica de vehículos (ITV) a todos aquellos a los que se les haya caducado, o les caduque, durante el periodo de alarma.

En las últimas semanas han retomado su actividad las estaciones de ITV que el pasado 14  de marzo cerraron sus puertas debido a la crisis sanitaria provocada por el coronavirus.

El plazo para pasar la ITV de los vehículos cuya fecha de próxima inspección se encuentra dentro del estado de alarma se amplía en quince días naturales por cada semana transcurrida desde el inicio de este periodo hasta que se hubiera vencido el certificado.

El pasado 6 de abril el Gobierno ya dictó la Orden SND/325/2020 por la que se prorrogaron los certificados de ITV hasta los treinta días naturales posteriores a la finalización del estado de alarma y sus posibles prórrogas. Sin embargo, ahora se ha tomado la decisión de ampliar los plazos a medida que avance el calendario, es decir, que a los 30 días, se le sumarán 15 días naturales por cada semana transcurrida desde el inicio del estado de alarma hasta que se hubiera producido el vencimiento del certificado.

Los periodos para pasar la ITV serán escalonados y se fijarán según las siguientes fechas:

  • Semana 1: del 14 a 20 de marzo: 30 días + 15 días adicionales (45 días).
  • Semana 2: del 21 a 27 de marzo: 30 días + 2 periodos de 15 días (60 días).
  • Semana 3: del 28 de marzo a 3 de abril: 30 días + 3 periodos de 15 días (75 días).
  • Semana 4: del 4 al 10 de abril: 30 días + 4 periodos de 15 días (90 días).
  • Semana 5: del 11 al 17 de abril: 30 días + 5 periodos de 15 días (105 días).
  • Semana 6: del 18 al 24 de abril: 30 días + 6 periodos de 15 días (120 días).
  • Semana 7: del 25 de abril al 1 de mayo: 30 días + 7 periodos de 15 días (135 días).
  • Semana 8: del 2 al 8 de mayo: 30 días + 8 periodos de 15 días (150 días).
  • Semana 9: del 9 al 15 de mayo: 30 días + 9 periodos de 15 días (165 días).
  • Semana 10: del 16 al 22 de mayo: 30 días + 10 periodos de 15 días (180 días).

 

Esto quiere decir que si la ITV te caducó el pasado 17 de marzo, tienes un plazo de 45 días para pasarla una vez finalice el estado de alarma. Si por ejemplo, tenías que pasarla el 20 de mayo, tendrás tres meses más para hacerlo. No hay que olvidar que la fecha de validez para la siguiente ITV uva vez pasada la de este año, no será la de la prórroga sino la que consta en tu tarjeta de la ITV.


 

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