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La DGT endurecerá las sanciones por llevar anti radares en el vehículo

La velocidad en carreteras se posiciona como la segunda causa principal de accidentes en las carreteras, justo por delante del consumo de alcohol. Como solución al problema, la Dirección General de Tráfico ha decidido ampliar la variedad de radares repartidos por la red nacional. Son capaces de controlar si llevamos el cinturón abrochado o si estamos mirando el móvil, además de calcular la velocidad del vehículo.

El propio organismo hace públicas las localizaciones a través de un listado que actualiza periódicamente en su página web. No obstante, el empleo de aplicaciones o detectores de radares está completamente prohibido y podría suponer una sanción económica de 200 euros junto a la retirada de tres puntos del permiso de conducción.

Este tipo de dispositivos siempre han causado confusión: ¿qué tienen de malo si la DGT también los publica? Es necesario diferenciar entre aquellos que ofrecen alertas de la ubicación de los radares fijos, que eran legales, y aquellos que han sido fabricados para detectarlos o inhibirlos, en este caso, ilegales.

A partir del 2021 ambos han pasado a ser ilegales, por lo que aplicaciones de smartphone como Waze o SocialDrive se encuentran a examen.

Diferencias entre avisadores de radar, detectores e inhibidores

Seguramente, habrás escuchado o leído estas tres palabras en muchos artículos, no son lo mismo. De hecho, los indicadores están permitidos.

Los avisadores de radar son dispositivos similares a los GPS que proporcionan la misma información que la de la DGT, por lo tanto, son legales ya que la información es pública. No obstante, los detectores, avisan de la localización exacta mediante el rastreo del espectro electromagnético. Su función es la de avisar de la presencia del radar para que el conductor reduzca la velocidad, esto les hace ilegales. Al igual que los inhibidores, que, como su propio nombre indica, su funcionamiento se basa en inhibir la detección de los radares. En este caso, llevar uno en el vehículo, aunque no se esté utilizando, puede suponer una sanción de 6.000 euros.

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