Los vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos, se han consolidado como una alternativa habitual de desplazamiento. Sin embargo, su rápida expansión ha venido acompañada de un aumento preocupante de la siniestralidad, lo que ha llevado a replantear su regulación desde el punto de vista de la seguridad vial. Te lo contamos en el artículo de hoy:
Aunque actualmente el uso del casco en los VMP depende de lo que establezcan las ordenanzas municipales, esta situación está a punto de cambiar. El futuro real decreto de protección de usuarios vulnerables, que se encuentra en su fase final de tramitación, introducirá modificaciones importantes en el Reglamento General de Circulación. Entre ellas, destaca la obligatoriedad del casco para todos los usuarios de vehículos de movilidad personal.
La decisión responde a la evolución de los datos de accidentes. En los últimos años se ha registrado un incremento notable de siniestros con patinetes eléctricos, tanto con heridos hospitalizados como con lesiones leves, siendo especialmente frecuentes los traumatismos craneoencefálicos. A esto se suma la aparición de accidentes graves e incluso mortales, algunos de ellos en vías interurbanas, donde la circulación de estos vehículos está expresamente prohibida.
Con la nueva normativa, el casco homologado y correctamente abrochado pasará a ser un elemento obligatorio, al igual que ocurre con otros usuarios vulnerables de la vía. El objetivo es reducir la gravedad de las lesiones en caso de caída o colisión y reforzar la autoprotección del conductor del VMP.
El real decreto también reforzará otras normas clave para mejorar la convivencia y la seguridad. Se fijará en los 15 años la edad mínima para poder conducir un vehículo de movilidad personal, al considerarse una franja de edad adecuada para asumir los riesgos asociados a su uso. Además, los VMP deberán circular siempre con el alumbrado encendido y quedará claramente prohibido hacerlo por las aceras, que se reservan exclusivamente para peatones.
Las restricciones actuales se mantendrán y quedarán mejor definidas: los patinetes eléctricos no podrán circular por carreteras, travesías, autopistas, autovías, túneles urbanos ni carriles VAO. Asimismo, se indicará que estos vehículos deberán circular preferentemente por el centro del carril y señalizar sus maniobras con el brazo, del mismo modo que hacen los ciclistas.
La reforma también pone el foco en la visibilidad. Durante la noche o cuando las condiciones meteorológicas reduzcan la visibilidad, los conductores de VMP deberán llevar al menos un elemento luminoso o reflectante homologado que permita ser vistos a una distancia mínima de 150 metros, reforzando así su presencia en la vía.
En definitiva, el uso obligatorio del casco en los vehículos de movilidad personal no es una medida aislada, sino parte de un conjunto de cambios orientados a reducir accidentes, proteger a los usuarios más vulnerables y mejorar la convivencia en el espacio urbano. La normativa avanza hacia un modelo en el que los vehículos de movilidad personal ofrezcan una movilidad segura.
